CÓDIGO DE CONDUCTA PARA PROVEEDORES

INTRODUCCIÓN

Struers ApS y sus filiales (colectivamente, "Struers") se comprometen a llevar a cabo negocios globales de una manera legal, ética y socialmente responsable. Este compromiso se extiende a los proveedores a los que hemos elegido para hacer negocios. Struers espera que sus proveedores le respondan con el mismo nivel de honestidad e integridad que sus propios empleados. Para aclarar la naturaleza exacta de estas expectativas, Struers ha preparado este Código de Conducta para Proveedores ("Código") que establece el marco de conducta aceptable que Struers espera de sus contratistas, consultores, proveedores, vendedores y terceras empresas que formen parte de la cadena de suministro de Struers ("Proveedores"). El Código se aplica globalmente a todos los Proveedores y a los subproveedores asociados que formen parte de la cadena de suministro de Struers, y los Proveedores deben implementar los requisitos de este Código en sus operaciones y cadenas de suministro.

Además de cualquier restricción contractual relativa al uso de subcontratistas, los proveedores no recurrirán a ningún subcontratista a menos que éste cumpla los términos mínimos al mismo nivel que este Código. Los Proveedores también deben estar familiarizados con las operaciones de sus proveedores y subcontratistas para garantizar un funcionamiento acorde a las directrices de este Código.

Los Proveedores que no cumplan con estos estándares puede que vean rescindida su relación comercial con Struers.

CUMPLIMIENTO DE LEYES Y NORMATIVAS

Los Proveedores cumplirán todas las leyes y normativas aplicables a su negocio, así como los estándares de su industria, incluidos los referentes a la fabricación, precios, venta, distribución, etiquetado, transporte, importación y exportación de bienes y servicios. Struers espera que los Proveedores cumplan los estándares establecidos en este Código, incluso aunque sean más restrictivos que cualquier ley aplicable, siempre que el cumplimiento del Código no infrinja ninguna ley vigente. El Proveedor debe evaluar y supervisar activamente los procesos de gestión diarios para garantizar el cumplimiento de las leyes aplicables y de este Código. Los Proveedores se comprometen a asesorar a los empleados correspondientes sobre los requisitos de este Código.

DERECHOS HUMANOS Y PRÁCTICAS LABORALES

Struers reconoce su responsabilidad de respetar los derechos humanos. Es fundamental para la sostenibilidad de nuestra empresa y de las comunidades donde operamos. En Struers, y en nuestra organización en general, nos comprometemos a garantizar que las personas reciban un tratamiento digno y respetuoso. Todos los Proveedores de Struers deben cumplir todas las leyes aplicables que prohíben: trabajos forzados, trabajo infantil, tráfico de personas y esclavitud moderna.

Struers espera el cumplimiento de todas las leyes y normativas laborales aplicables.

  • Compensación y beneficios: Los Proveedores deben cumplir todas las leyes y normativas aplicables sobre salarios y horas de trabajo, incluidos los relacionados con las horas extras, el salario mínimo y otros elementos de compensación, incluido cualquier beneficio con autorización legal.
  • Horas de trabajo: Los Proveedores deben mantener un horario de trabajo regular de acuerdo con todas las leyes y normativas aplicables. Los Proveedores no exigirán a los empleados que trabajen más horas de las establecidas, ni que excedan las horas extras permitidas, de conformidad con la legislación aplicable.
  • Trabajo infantil: Se prohíbe que los Proveedores utilice el trabajo de menores. Se entiende por "menor" cualquier persona con menos de 16 años de edad, o que no cumpla la edad mínima para trabajar según la legislación aplicable. Struers no tolerará el trabajo infantil ilegal en la fabricación de los productos que vende y no aceptará productos ni servicios de Proveedores que empleen o utilicen trabajo infantil de modo alguno.
  • Trabajos forzados: Struers no tolerará el uso de mano de obra forzada o involuntaria. Struers no trabajará con Proveedores que, directa o indirectamente, utilicen de modo alguno trabajos forzados, obligados, no remunerados o trabajo penitenciario involuntario.
  • Tráfico de personas: Los Proveedores deben mantener un entorno de trabajo exento del tráfico de personas. Struers no tolerará prácticas laborales que incluyan la contratación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas mediante el uso de la fuerza, la amenaza o la presión así como cualquier otra forma de coacción, secuestro, fraude, engaño, abuso de poder e incluso la recepción o el pago y beneficio para obtener el consentimiento de una persona que ejerza control sobre otra con fines de explotación.
  • Sin discriminación, acoso ni prácticas disciplinarias: Los Proveedores no discriminarán ilegalmente a ningún trabajador en sus prácticas de contratación o empleo en base a su raza, orientación sexual, identidad de género, edad, sexo, discapacidad, origen natural, religión o cualquier otra clase o categoría protegida legalmente. Los empleados de los Proveedores no estarán expuestos a castigos físicos, amenazas de violencia o acoso, así como maltrato físico, sexual, psicológico o verbal.
  • Libertad de asociación: Los Proveedores respetarán los derechos de los empleados a elegir con quién asociarse, o no asociarse, además de poder establecer cualquier organización legal, incluidas las organizaciones laborales, de conformidad con la legislación aplicable.
  • Salud y seguridad: Los Proveedores deben proporcionar a los empleados un entorno de trabajo seguro y saludable y, cuando se proporcione, un entorno de vida seguro y saludable. Los Proveedores deben cumplir todas las leyes y normativas aplicables en materia de seguridad de los trabajadores, incluyendo:
    • Integridad de edificios
    • Seguridad ocupacional
    • Lesiones y enfermedades ocupacionales
    • Preparación ante emergencias
    • Dispositivos de seguridad en maquinaria
    • Seguridad química
    • Sanidad, alimentación y descanso

CONDUCTA ÉTICA Y ANTICORRUPCIÓN

Struers requiere que sus Proveedores se comprometan con los más altos estándares de integridad y ética en la realización de sus negocios, entre los que se incluyen:

  • Anticorrupción y soborno: Los Proveedores no participarán en actividades de corrupción, extorsión o malversación de modo alguno, ni ofrecerán o aceptarán sobornos ni emplearán ningún otro medio para obtener una ventaja indebida o inadecuada. Los Proveedores deben cumplir todas las leyes y normativas anticorrupción aplicables en los países donde se realicen negocios, incluidas la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de EE. UU., la Ley Antisoborno del Reino Unido, la Convención Antisoborno de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), y todos los tratados o convenios internacionales anticorrupción. Los Proveedores no deben sobornar ni ofrecer sobornos, pagos o regalos indebidos a ningún funcionario, director, empleado, representante o agente de Struers. Los Proveedores deben informar inmediatamente a Struers de cualquier caso donde un empleado o representante de Struers haya realizado una solicitud o demanda poco ética o ilegal de este tipo por parte del Proveedor.
  • Regalos y obsequios: Los empleados de Struers tienen prohibido solicitar o aceptar regalos, obsequios u otros incentivos monetarios orientados a influir indebidamente en las decisiones empresariales o como condición para hacer negocios. Los Proveedores tienen la obligación de informar inmediatamente a Struers de cualquier solicitud o demanda de este tipo.
  • Libros y registros contables: Los registros contables de los Proveedores deben:
    • conservarse de conformidad con las leyes de cada jurisdicción aplicable;
    • mantenerse con un detalle razonable y reflejar de forma precisa y justa las transacciones, activos, pasivos, ingresos y gastos; y
    • no contener entradas falsas, confusas o engañosas.
  • Conflicto de intereses: Los Proveedores deben informar inmediatamente a Struers de cualquier conflicto de intereses del que tengan conocimiento. Un conflicto de intereses se define como cualquier circunstancia, transacción o relación que implique directa o indirectamente al Proveedor, donde el interés privado de cualquier empleado interfiera o parezca interferir indebidamente con los intereses de Struers.
  • Controles de comercio exterior: Los Proveedores deben cumplir todas las leyes aplicables relacionadas con el comercio, las sanciones y las restricciones económicas y financieras, incluidas para evitar cualquier ambigüedad, todas las leyes, normativas y órdenes aplicables de los Estados Unidos, la Unión Europea y Dinamarca que rigen la importación, exportación y reexportación de bienes, software y tecnología. Los Proveedores no proporcionarán a Struers productos o servicios fabricados o suministrados desde países, o que involucren entidades, al amparo de sanciones, incluido a modo enunciativo, el Reglamento de embargo (UE) núm. 833/2014 de Rusia.
  • Requisitos para presentar informes: Los Proveedores deben tener una política que prohíba conductas ilegales o poco éticas que proporcione a los empleados y representantes del proveedor una forma de plantear inquietudes y un proceso para investigar y resolver incidentes. Los Proveedores no deben tolerar represalias contra ningún empleado que presente un informe de abuso, intimidación, discriminación, acoso o cualquier violación de la ley o del Código, o que ayude en la investigación de dicho informe.

MEDIO AMBIENTE

Los Proveedores deberán cumplir todas las leyes y normativas medioambientales aplicables. Esto incluye:

  • disponer de procesos para garantizar el cumplimiento de dichas normativas relativas a la manipulación, el reciclaje y la eliminación de materiales peligrosos o nocivos;
  • cumplir las leyes y los tratados medioambientales en los bienes fabricados (incluidas las entradas y los componentes incorporados en dichos bienes); y
  • utilizar únicamente materiales de embalaje que cumplan las leyes y los tratados medioambientales aplicables.

Struers está totalmente comprometido en el correcto cumplimiento de las normativas químicas globales ante sus clientes internacionales. Struers tiene obligaciones globales de notificación a través de su empresa matriz para revelar si los productos de sus Proveedores contienen sustancias químicas peligrosas y sustancias de alto riesgo (SVHC). Dichas obligaciones incluyen, entre otras, el cumplimiento de REACH (UE), UK REACH, TSCA (EE. UU.), CEPA (Canadá), Industrial Chemical Act y AICS (Australia), CSCL e ISHA (Japón), IECSC (China), K-REACH (Corea). Cuando corresponda, los Proveedores deben adherirse a los procesos para acatar el cumplimiento reglamentario químico requerido y cada lista de materiales restringidos y peligrosos acordada específicamente para el cliente.

SEGURIDAD

Los Proveedores mantendrán una seguridad adecuada en todas las instalaciones de producción y almacenamiento, e implementarán procedimientos de seguridad de la cadena de suministro diseñados para evitar la introducción de carga no declarada en los envíos salientes. Cada instalación del Proveedor debe tener procedimientos de seguridad por escrito para documentar unos controles de seguridad adecuados.

MINERALES DE CONFLICTO

Struers se compromete a no entrar en conflicto con la República Democrática del Congo (RDC) en el abastecimiento de ciertos materiales utilizados en sus productos. Los Proveedores deberán implementar procedimientos para garantizar que el uso de estaño, tántalo, tungsteno y oro ("Minerales de conflicto") en los productos que fabriquen no financie ni beneficie directa o indirectamente a grupos armados en la República Democrática del Congo o en un país adyacente. Los Proveedores ejercerán la diligencia debida, de acuerdo con la Guía de diligencia debida de la OCDE para cadenas de suministro responsables de minerales de zonas de conflicto y de alto riesgo, sobre el origen y la cadena de custodia de los minerales de conflicto y pondrán a disposición sus prácticas de diligencia debida. A petición de Struers, los Proveedores cooperarán plenamente en la respuesta a cualquier consulta de diligencia debida y país de origen relativa a los Minerales de Conflicto (incluida la solicitud de información de sus propios proveedores) y proporcionarán la documentación solicitada.

SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS

El Proveedor deberá implementar las medidas adecuadas para:

  • proteger la integridad y confidencialidad de la información (incluida la información perteneciente a Struers o suministrada por Struers que se almacena en sus sistemas (incluidos los sistemas físicos y en línea o electrónicos); y
  • garantizar que no haya un acceso no autorizado a la información por terceros, incluidos sus asociados, subcontratistas y terceras partes relevantes.

El Proveedor cumplirá todas las leyes y requisitos de protección de datos cuando procese información personal en nombre de Struers.

SUPERVISIÓN Y PRESENTACIÓN DE INFORMES

Struers revisará este Código con regularidad y lo modificará para incorporar parámetros adicionales cuando sea necesario.

El Proveedor debe conservar toda la documentación necesaria para demostrar su cumplimiento del Código y proporcionará a Struers acceso a dicha documentación de ser solicitada.

Struers tendrá derecho a realizar inspecciones periódicas de los Proveedores y sus instalaciones para verificar el cumplimiento de este Código, ya sea directamente o a través de un tercero. Dichas inspecciones se podrán realizar sin previo aviso a los Proveedores. Los Proveedores también están obligados a revelar todos los hechos materiales relacionados con la fabricación de productos para Struers de ser solicitado.

Los Proveedores deben notificar inmediatamente a Struers a través de su línea directa de ética y cumplimiento disponible en https://indicor.ethicspoint.com cuando perciban cualquier comportamiento inadecuado conocido o sospechoso por parte del Proveedor o de los empleados de Struers.

Este Código es una declaración general de las expectativas de Struers con respecto a sus Proveedores. El Código debe leerse junto con las obligaciones de los Proveedores establecidas en cualquier acuerdo entre Struers y los proveedores.

El incumplimiento del Código se considerará una violación sustancial del acuerdo entre Struers y el Proveedor y puede dar lugar a la descalificación como Proveedor aceptado, así como a la eliminación de la consideración de nuevos negocios con Struers.